El Instituto Federal Electoral decidió no sancionar a Josefina Vázquez Mota, precandidata del Partido Acción Nacional, luego del spot de televisión donde apareciera como “candidata” sin embargo el blanquiazul fue multado por contratar el espacio para transmitir ese mensaje en radio y televisión.
La queja fue declarada infundada por el Consejo General del IFE pero el PAN fue sancionado con una multa de 436,310 pesos al considerarse que el partido fue responsable de pautar los spots en los medios de comunicación.
El proyecto de resolución proponía amonestar públicamente a la panista pero los consejeros consideraron que Vázquez Mota no tenía responsabilidad en la difusión de los mensajes.
El 27 de enero pasado, el representante del PRI ante el IFE, Sebastián Lerdo de Tejada, presentó una queja al Consejo General en contra de Vázquez Mota, acusándola de actos anticipados de campaña por una serie de spots que mostraban la leyenda “candidata del PAN”, esto semanas antes de las votación interna donde se elegiría al candidato de Acción Nacional.
Al día siguiente, el IFE ordenó la suspensión de la transmisión de los promocionales para evitar poner en riesgo la equidad de la contienda.
Prohibida propaganda de gobierno durante campañas
Durante la sesión de ayer, el IFE también aprobó las normas que regirán la propaganda gubernamental durante el proceso electoral.
Según el acuerdo, se deberá suprimir o retirar toda la propagada gubernamental en radio y televisión emitida por poderes federales y estatales, municipales y del Distrito Federal o cualquier institución pública a partir del 30 de marzo y hasta el 1 de julio de 2012.
El texto destaca que sólo se difundirán las campañas de salud, protección civil, servicios educativos, información electoral y los que emitan la Lotería Nacional, Promoción Turística Nacional de México, el Servicio de Administración Tributaria, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos y el Banco de México.
Intercampaña
A partir del jueves 16 empieza el periodo de intercampaña, lapso en el cual los precandidatos a puestos de representación popular no podrán realizar proselitismo ni hacer llamado al voto hasta el 30 de marzo, fecha de comienzo de las campañas electorales.
Sin embargo, según el consejero Benito Nacif, presidente de la Comisión de quejas del IFE, “no se trata de un periodo de silencio”.
Nacif afirma que los aspirantes podrán aparecer en medios de comunicación o en debates, siempre y cuando no hagan proselitismo.
“Quisiera dar la certeza a los medios de comunicación de que esas obligaciones (cuidar el cumplimiento de la ley y no llamar al voto) recaen sobre los candidatos y los partidos, a los que se les pueden imputar ‘actos anticipados de campaña’, no sobre los medios, los cuales gozan de todas las garantías para seguir haciendo su trabajo”, explicó.
Ante eventuales quejas por la compraventa de espacios en radio y televisión (prácticas anticonstitucionales, según la reforma electoral 2007-2008), el IFE puede sancionar sólo si hay evidencia suficiente para hacerlo.
Según el consejero la ley prohíbe los actos de campaña y la difusión de propaganda electoral.
“Todo lo demás está permitido por la ley. Por ejemplo, que un candidato sea invitado a dar una conferencia; que tenga reuniones con empresarios, periodistas... ya le corresponderá al candidato cuidar de no hacer llamados al voto, pero eso no quiere decir que no pueda discutir temas de interés público”, señaló.
En el periodo del 16 de febrero al 30 de marzo, los spots al aire serán para la difusión de mensajes del instituto electoral.